logo
LoginComeçar agora
  • Tarifas
  • Notícias
  • Contacto
LoginComeçar agora
AtualidadenegóciosDesportoCulturaLife styleTecnologiaSaúdeEconomiaCiênciaSociedadeFormação
  1. Comunicae
  2. Notícias
  3. La Audiencia Provincial de Madrid da la razón a una empresa que invirtió en Bonos de Banco Popular y recupera ...
Legal

La Audiencia Provincial de Madrid da la razón a una empresa que invirtió en Bonos de Banco Popular y recupera 100.000€

Madrid
28 maio 2020

La Audiencia Provincial de Madrid ha dictado Sentencia desestimando el Recurso de Apelación formulado por Banco Santander SA., confirmando la Sentencia dictada en Primera Instancia, que anuló la suscripción de Bonos Convertibles de Banco Popular adquiridos por una empresa

La sentencia dictada en primera instancia estableció que el banco demandando no ha podido acreditar que prestó información adecuada y suficiente en la comercialización de los Bonos de Banco Popular y declara su nulidad.

Banco Santander presentó Recurso de Apelación frente a la sentencia dictada en primera instancia. Finalmente, la Audiencia Provincial de Madrid, sección vigésima, ha dictado Sentencia, el siete de mayo de 2020, confirmando la dictada en primera instancia.

Señala Ángel Luis Rincón Sánchez, socio-director de Rincón y García Abogados, despacho que ha dirigido la defensa, que “la Sala ha analizado uno por uno los documentos obrantes en autos, por los que el banco entiende cumplida la información a prestar en este tipo de producto complejo y concluye que no se cumplen con los requisitos exigibles en cuanto a información a prestar se refiere, porque según reiterada jurisprudencia, la información no puede ser de mera disposición, sino que, no solo ha de ser clara y comprensible, sino que además, debe ser prestada con antelación suficiente, por lo que no es válido ni suficiente la simple entrega de documentos, estén firmados o no por el cliente, en los que se incluyen contenidos estereotipados y predispuestos por quien está obligado a dar esa información.”

La sentencia advierte que, pese a que la demandante es una sociedad mercantil, esto “no permite entender o presumir que poseyera conocimientos sobre instrumentos financieros complejos”, habida cuenta que de su objeto social no puede concluirse tal cosa. Se trata por tanto de una cliente minorista respecto de la que la normativa exige una clara, precisa y pormenorizada información.

Finalmente, la Sala considera que, al igual que lo hizo la sentencia de instancia, el banco no ha acreditado que cumpliera la obligación de información exigida por la normativa sectorial y adecuada al perfil del inversor, sobre la naturaleza y riesgos del producto adquirido y por tanto, confirma la nulidad de la adquisición de los Bonos Convertibles de Banco Popular con vencimiento en 2013, el canje de éstos, por otros Bonos Subordinados Convertibles con vencimiento en 2015 e igualmente anula el canje de éstos últimos por acciones Banco Popular Español SA., condenando al banco al abono de las costas causadas.

Ángel Luis Rincón, letrado de este procedimiento, entiende que “esta sentencia está muy bien fundamentada, lo que va a posibilitar, con mayores garantías, que las sociedades mercantiles puedan denunciar por falta de diligencia a las entidades financieras cuando no hayan cumplido con los deberes de información precontractual, sean estos clientes personas físicas o jurídicas. El banco siempre tiene la obligación de informar de forma clara y comprensible sobre la naturaleza y riesgos del producto bancario que están comercializando”.

Nacional, Legal, Finanças
É jornalista ou necessita mais informação?

Registe-se agora no Comunicae Media. É grátis!

Ir ao Comunicae Media

Notícias populares

  • NEVAL inicia una nueva etapa de crecimiento con motivo de su décimo aniversario

  • Exportaciones españolas en 2026: Mail Boxes Etc. analiza los nuevos retos logísticos para las pymes

  • Jungheinrich contará en 2027 con una nueva sede en Barcelona

  • Perfumería Laura renueva su web y última un nuevo espacio de perfumería de autor

  • Academia Jukebox: la academia líder en España lleva sus clases de canto a Barcelona

Categorias
NacionalLegalFinanças
Contacte-nos
  • info@comunicae.com
  • BCN +34 931 702 774
  • MAD +34 914 872 174
Sobre nós
  • Quem somos
  • Equipa
  • FAQs
Recursos
  • Comunicae Media
  • Blog
  • Comunicae TV
Idioma
  • Espanhol
  • Inglês
Siga-nos
  • Síguenos en Facebook
  • Síguenos en Instagram
  • Síguenos en Twitter
  • Síguenos en LinkedIn

Made with from Barcelona

Aviso legal · Termos e condições de serviço · Política de Cookies · Política de Privacidade
Comunicae 2026. Todos os direitos reservados