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Derecho

El juzgado de Valladolid cancela a un matrimonio una deuda de 75.000€ con la Ley de Segunda Oportunidad

Valladolid, Madrid, Barcelona
29 enero 2019

Es el primer caso de cancelación de deudas que se resuelve en esta ciudad gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad

El Juzgado de lo Mercantil nª1 de Valladolid ha dictado Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI) o, lo que es lo mismo, ha perdonado una deuda de 75.000 euros a RJ y IV, matrimonio vecino de Aranjuez. Se trata del primer caso de cancelación de deuda que se concede en Valladolid.

RJ y IV representan el caso de muchos otros emprendedores que en su día montaron un negocio y fracasó. “Tuvimos que solicitar dos préstamos-explican- a los que ahora no podemos hacer frente; con una nómina de 1.200 euros, dos hijos a nuestro cargo y sin bienes, llegó un momento que no podíamos más que satisfacer los costes básicos, como alquiler y colegios”.

Aunque la Ley de Segunda Oportunidad lleva vigente en España desde 2015, todavía existe mucho desconocimiento sobre su aplicación y sobre las posibilidades que abre a las personas con deudas. En Repara tu Deuda, primera compañía en España que aplica la Ley de la Segunda Oportunidad, ofrecen ayuda a estas personas que desesperadas ya no saben donde acudir.

Repara tu deuda ostenta el 100% de éxito en todos sus casos y prevé llegar a los más de 100.000 casos anuales durante los próximos tres años, tal y como sucede en otros países como Francia donde la ley lleva vigente más tiempo.

Para acceder a los beneficios de la ley de Segunda Oportunidad, el deudor debe presentar el acuerdo extrajudicial de pagos ante un notario (si es persona física no empresario) o en el Registro Mercantil (autónomos y persona jurídica). Desde ese momento, no se pagan más intereses de los créditos ordinarios y se paralizan todas las acciones judiciales habidas y futuras (ejecuciones, procedimientos civiles en curso).

Esta legislación permite exonerar a particulares y autónomos del pago de deuda a acreedores siempre que se demuestre que previamente el deudor ha actuado de buena fe, así como intentado un acuerdo con los acreedores para aplazar la deuda, fijar un calendario de pago inferior a diez años o pagarla mediante la cesión de bienes. Si no se logra dicho acuerdo, pueden solicitar un concurso de acreedores al juzgado y solicitar al juez la cancelacion de la deuda total.

 

Nacional, Derecho, Finanzas, Sociedad
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