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Derecho

El Constitucional declara nulas algunas de las tasas judiciales

Murcia
15 diciembre 2016

En una Sentencia del Tribunal Constitucional de 21 de julio sobre tasas judiciales se avala el establecimiento de determinadas tasas para el ejercicio de las acciones judiciales. Se considera que algunas cuantías resultan desproporcionadas y que producen un efecto disuasorio en los ciudadanos a la hora de interponer acciones judiciales

Procesos Judiciales y cuantías fijas

Procesos Judiciales y cuantías fijas

Beatriz Campo Procuradora

Autor/copyright: Beatriz Campo Procuradora

En una Sentencia del Tribunal Constitucional de 21 de julio de 2016 sobre tasas judiciales se avala el establecimiento de determinadas tasas para el ejercicio de las acciones judiciales, se considera que algunas cuantías resultan desproporcionadas y que producen un efecto disuasorio en los ciudadanos a la hora de interponer acciones judiciales debido al elevado coste final que pueden conllevar algunas tasas judiciales.

La Sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional, a fecha 21 de julio de 2016, ha estimado parcialmente, por unanimidad, el recurso (Rec. Nº 973/2013) presentado por el Grupo Parlamentario Socialista del Congreso de los Diputados contra la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, declarando inconstitucional la previsión del artículo 7 de la ley, que en sus apartados 1 y 2 establecían las cuotas tributarias fijas y variables.

La Justicia debe ser accesible para todos los ciudadanos
Por este motivo, el Tribunal Constitucional, declara inconstitucional toda cuota variable y las cuotas fijas de apelación, casación y extraordinario, por infracción procesal y civil; la cuota fija de todo el procedimiento contencioso administrativo, y la cuota fija en suplicación y casación social, tasas cuyo importe variaban entre los 200€ y los 1200€.

"Aunque esta sentencia llega un poco tarde, ya que recordemos que las tasas se introdujeron en el año 2012, rectificadas parcialmente dos años después, en 2015 ,eliminando las tasas en personas físicas, desde el despacho de Procuradores Campo para Mula, Totana y Molina de Segura, no podemos por menos que expresar nuestra satisfacción como procuradores", explica Beatriz Campo, directora de Procuradores Campo, "ya que, precisamente, los procuradores fuimos los únicos profesionales relacionados con el derecho que elaboramos propuestas de enmiendas para que fueran tenidas en cuenta por los grupos parlamentarios, ya que desde el principio nos posicionamos en contra de cualquier medida que fuera una barrera para el acceso a la Justicia por parte de todos los ciudadanos".

La nueva medida es entendida como un gran acierto
Desde el ámbito del derecho, tal como explican desde el despacho de Procuradores Campo, se percibe la medida como un acierto. "Una buena Administración de Justicia es un elemento fundamental para el progreso de la actividad económica", comenta Beatriz Campo, quien explica que "desde el despacho de Procuradores Campo estimamos que gravar a las personas jurídicas, en su mayoría pequeñas y medianas empresas, con tasas desproporcionadas supone un gran obstáculo para acceder a la Justicia".

Nacional, Derecho, Inmobiliaria, Finanzas, Sociedad, Seguros

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