logo
LoginStart now
  • Pricing
  • News
  • Contact
LoginStart now
NewsBusinessSportsCultureLifestyleTechnologyHealthEconomyScienceSocietyTraining
  1. Comunicae
  2. News
  3. Nueva sentencia que declara nula una cláusula suelo y obliga a devolver 8.500 euros al cliente
Law

Nueva sentencia que declara nula una cláusula suelo y obliga a devolver 8.500 euros al cliente

El Blog de Carlos Guerrero
27 March 2012

Las entidades financieras tienen frentes judiciales abiertos por todos los rincones del país.

Las entidades financieras tienen frentes judiciales abiertos por todos los rincones del país. Entre los swaps, cláusulas suelo, preferentes, subordinadas y próximamente pagarés, no cesan de hacer el ridículo con sus pataletas de mal perdedor. De nuevo, una sentencia que declara nula una cláusula suelo. El fondo del asunto es el mismo: falta de información, cláusula abusiva, desequilibrada y perjudicial para el consumidor. Animo a todos los perjudicados que acudan al Juzgado a reclamar. El perjuicio puede afectar a más de cuatro millones de hogares y las cantidades a recuperar son astronómicas.

 

“Nueva sentencia ‘antisuelo’ y ya van más de una decena. El Juzgado de Primera Instancia número 1 de Cáceres ha condenado por quinta vez a Caja Extremadura (actualmente Liberbank) a eliminar la cláusula suelode un contrato hipotecario de un cliente. Además, el mismo auto obliga a la entidad a devolver cerca de 8.500 euros al cliente por las cantidades cobradas indebidamente, según la sentencia dictada el pasado 20 de marzo.

La sentencia declara “la nulidad por ser abusiva” de la cláusula en virtud de la cual el cliente debía pagar, independientemente de la fluctuación del Euribor, un interés mínimo del 4,75%, posteriormente rebajado al 3,25%, disponiendo un techo máximo de pago del 12% en todos los casos.

De este modo, el juez declara también la nulidad de la condición general del contrato que decía que “en ningún caso el tipo de interés resultante podrá ser inferior al 3,25% nominal anual ni superior al tipo nominal anual que figura en la escritura de préstamo”.

El juez concluye que hubo una“ausencia de información” por parte de la entidad financiera y que la cláusula “no fue negociada individualmente” con el cliente. Por ello, apunta que resultó “desequilibrada y perjudicial para el consumidor en contra de los postulados de la buena fe”. Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Extremadura.

El auto incide en el hecho de que el Euribor, desde su vigencia en el año 2000, nunca ha llegado a superar el 6%, estando durante largos periodos entre el 1% y el 2%.

El cliente de Caja Extremadura, representado legalmente por Ausbanc, partía de un suelo del 3,314% que la entidad nunca llegó a aplicarle, motivo por el que el cliente no tuvo siquiera ocasión de conocer el perjuicio que se le podría ocasionar. Al proceder a renovar la escritura de hipoteca, la entidad elevó el suelo del 3,314% al 4,75%.”

 

 

 

 

 

 

“Nueva sentencia ‘antisuelo’ y ya van más de una decena. El Juzgado de Primera Instancia número 1 de Cáceres ha condenado por quinta vez a Caja Extremadura (actualmente Liberbank) a eliminar la cláusula suelode un contrato hipotecario de un cliente. Además, el mismo auto obliga a la entidad a devolver cerca de 8.500 euros al cliente por las cantidades cobradas indebidamente, según la sentencia dictada el pasado 20 de marzo.

La sentencia declara “la nulidad por ser abusiva” de la cláusula en virtud de la cual el cliente debía pagar, independientemente de la fluctuación del Euribor, un interés mínimo del 4,75%, posteriormente rebajado al 3,25%, disponiendo un techo máximo de pago del 12% en todos los casos.

De este modo, el juez declara también la nulidad de la condición general del contrato que decía que “en ningún caso el tipo de interés resultante podrá ser inferior al 3,25% nominal anual ni superior al tipo nominal anual que figura en la escritura de préstamo”.

El juez concluye que hubo una“ausencia de información” por parte de la entidad financiera y que la cláusula “no fue negociada individualmente” con el cliente. Por ello, apunta que resultó “desequilibrada y perjudicial para el consumidor en contra de los postulados de la buena fe”. Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Extremadura.

El auto incide en el hecho de que el Euribor, desde su vigencia en el año 2000, nunca ha llegado a superar el 6%, estando durante largos periodos entre el 1% y el 2%.

El cliente de Caja Extremadura, representado legalmente por Ausbanc, partía de un suelo del 3,314% que la entidad nunca llegó a aplicarle, motivo por el que el cliente no tuvo siquiera ocasión de conocer el perjuicio que se le podría ocasionar. Al proceder a renovar la escritura de hipoteca, la entidad elevó el suelo del 3,314% al 4,75%.”

 

 

The Smiths- Bigmouth strikes again

 



Artículo publicado en El Blog de Carlos Guerrero

Law, Finances, Entrepreneurs

Popular news

  • Juan Arturo Contreras y su nueva etapa tras el Distintivo ESR® otorgado a Corporativo Legal Contreras Doce

  • Mallorca BJJ & Yoga Festival 2026 crece un 8% en inscripciones para su edición de otoño

  • Shanghái acoge la 48.ª WorldSkills, con foco en el futuro de la educación en habilidades vocacionales

  • Huelva acoge una jornada para ayudar a pymes y autónomos sobre los cambios en facturación y gestión laboral

  • Nanjing inaugura un 'corredor de museos' de 1.800 metros para redefinir el turismo cultural urbano

Categories
LawFinancesEntrepreneurs
Contact us
  • info@comunicae.com
  • BCN +34 931 702 774
  • MAD +34 914 872 174
About
  • Who we are
  • Team
  • FAQs
Resources
  • Comunicae Media
  • Blog
  • Comunicae TV
Language
  • Spanish
  • English
Follow us
  • Síguenos en Facebook
  • Síguenos en Instagram
  • Síguenos en Twitter
  • Síguenos en LinkedIn

Made with from Barcelona

Legal notice · Terms and conditions · Cookies policy · Privacy policy
Comunicae 2026. All rights reserved