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El Ministerio de Hacienda ha publicado las formas en las que autónomos y Pymes podrán aplazar el pago del IVA

16 January 2017

Los distintos mecanismos para el aplazamiento del pago dependen de los importes de cada una de las empresas que lo soliciten

Hacienda ha informado sobre como funcionará el mecanismo que permitirá aplazar el pago del IVA para autónomos y Pymes. Los autónomos van a poder seguir solicitando aplazamientos y fraccionamientos de IVA si justifican que no han cobrado las cuotas repercutidas. De esta manera deben acreditar que no han cobrado las cuotas de IVA repercutidas.

Se relaja de esta forma la intención inicial que impediría estos aplazamientos. Aquellas solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento por un importe como máximo de 30.000 euros no necesitarán aportar garantías. Se tramitan mediante un proceso automatizado. Si exceden dicho límite, es necesario aportar garantías y se tramitan por proceso ordinario, no de forma automática.

El plazo máximo de aplazamiento será de 12 meses, aunque si se solicita un plazo inferior se concederá también de forma automática. Para las cantidades superiores a los 30.000 euros, los plazos podrán ser de hasta 36 meses en función de las garantías aportadas.

Para el caso de las empresas podrán seguir aplazando deudas tributarias por importe inferior a los 30.000 euros, pero el plazo de devolución será de 6 meses. De esta forma tanto autónomos como empresas ya pueden preparar la liquidación del IVA de 2016.

Lo cierto es que se debería reclamar un cambio de criterio, sobre todo en lo que se refiere al IVA. Aquí las empresas no son más que meros intermediarios recaudadores de la Agencia Tributaria. Si el cliente final no hace frente a la factura, en ningún caso debería pagarlo la empresa que ha realizado el servicio o vendido el producto.

El contenido de este comunicado fue publicado primero en la web de Pymes y Autonomos

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